MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
A los efectos de obtener los beneficios dispuestos en el artículo 4º, se procederá de igual forma que la señalada en los artículos 7º y 8º, debiendo certificar la Dirección Nacional de Minería y Geología que los repuestos, herramientas y accesorios sean de uso exclusivo de las máquinas, equipos e instalaciones a los que se refiere el artículo 2º.Ayuda