Fecha de Publicación: 30/03/1987
Página: 616-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 10

   Forma de pago y Remisión de Formularios.- Los contribuyentes
o responsables (Agente de Retención) deberán:

a) Depositar  los  montos retenidos en el Banco de la República
   Oriental del Uruguay , para el crédito de la cuenta "Fondo Nacional
   de silos. -  Recaudación", utilizando los formularios que a tal
   fin le entregará esa  Institución, dentro  de los 10 (diez) días
   corridos posteriores al cierre de cada mes;
b) Remitir a la Dirección Granos (DIGRA), antes del día 25 (veinticinco)
   posterior al cierre de cada mes, la copia del formulario de Depósito
   intervenido por el Banco de la República Oriental del Uruguay. 
Ayuda