Mandatarios.- En los casos en que la comercialización de bienes
gravados se realice por intermedio de rematadores, consignatarios u otros
mandatarios, éstos deberán suministrar al Agente de Retención los datos
necesarios para la identificación del contribuyente.
Asimismo dejarán constancia de su liquidación de venta y líquido
producto de la retención operada, identificando al Agente de Retención.