Fecha de Publicación: 16/12/1991
Página: 743-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 617/991

Establécese la tarifa para el suministro por parte de CONEAT, de información a nivel predial a propietarios y titulares de explotaciones agropecuarias.

Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                     Montevideo, 19 de noviembre de 1991.

   Visto: la gestión formulada por la Comisión Nacional de Estudio
Agroeconómico de la Tierra, a los fines que se expresarán.

   Resultando: I) Por decreto 268/990, de 13 de junio de 1990, se estableció la tarifa por el suministro de CONEAT a propietarios y
titulares de explotaciones agropecuarias de la siguiente información a
nivel predial:

a) Grupos de suelos CONEAT con sus índices de Productividad y sus
   respectivos porcentajes;
b) Características edafológicas de los suelos;
c) Croquis a escala 1:20.000.

   II) Dado el incremento de costos operados y la necesidad de ajustar
progresivamente la tarifa a los valores reales de reposición de los
materiales utilizados, la citada Comisión Nacional propone una nueva
tarifa, estableciendo un costo N$ 50,00 por cada hectárea con un precio
mínimo de N$ 12.500,00 (hasta 250 hectáreas) por cada solicitud de
información;

   III) La Dirección General de Recursos Naturales Renovables del
Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca elevó la gestión con informe
favorable;

   IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera y a la
Dirección de Servicios Jurídicos de la citada Secretaría de Estado, las
que se expidieron en forma favorable.

   Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la
Comisión Nacional de Estudio Agroeconómico de la Tierra.

   Atento: a lo que señala el "Texto Ordenado C.A.F."

   El Presidente de la República,

                                DECRETA:

Artículo 1

   Establécese la siguiente tarifa para el suministro, por parte de
CONEAT, de información a nivel predial a propietarios y titulares de
explotaciones agropecuarias.
    Tarifa básica N$ 50,00 (son nuevos pesos cincuenta) por cada hectárea
de superficie, siendo el costo mínimo (hasta 250 hectáreas) de cada
solicitud N$ 12.500,00 (son nuevos pesos doce mil quinientos).

LACALLE HERRERA.- ENRIQUE BRAGA SILVA.
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