La Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal determinará, en la
resolución, la sanción que en su concepto corresponda para cada
infracción, teniendo en cuenta la mayor o menor peligrosidad del
responsable, sus antecedentes personales, la calidad y el número, -sobre
todo la calidad-, de las circunstancias agravantes y atenuantes que
concurran en el hecho.