PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
En caso de detectarse la comercialización de animales por parte de personas físicas o jurídicas que no se encuentren registradas en el Registro de Prestadores de Servicios de Animales, la CONAHOBA, procederá a la confiscación de los animales de acuerdo al artículo 22 inc. c) de la Ley 18.471.Ayuda