A fin de asegurar el bienestar de los animales a su cargo, los
paseadores:
a. Tienen expresamente prohibido maltratar a los animales a su cargo y
someterlos a actividades o ejercicios que puedan provocarle daños a la
salud.
b. Deberán tomar las previsiones necesarias para asegurarles asistencia
Veterinaria inmediata en caso de emergencia.