Fecha de Publicación: 30/12/1980
Página: 1114-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 11

   La Dirección de Contralor Legal proporcionará a la Comisión Técnica Asesora Honoraria creada por el artículo 213 de la ley 15.252, de 22 de agosto de 1974, los resultados de los estudios efectuados en las bodegas testigo a medida que los obtenga. Dicha Comisión dispondrá de un plazo máximo de diez días calendario, que comenzará a correr desde la fecha en que se encuentren a su disposición la totalidad de los resultados obtenidos en las bodegas testigo, para expedir el informe previsto por el
artículo 2º, inciso 3, de la ley 15.058, de 30 de setiembre de 1980.
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