Fecha de Publicación: 06/12/1977
Página: 513-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

La Comisión Enotécnica Asesora desempeñará sus funciones en el local de la
Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca.

 La nombrada Dirección brindará a la Comisión Enotécnica Asesora,
personal, información y demás medios necesarios para su normal
funcionamiento.

 Las oficinas del Ministerio de Agricultura y Pesca proporcionará todos
los elementos de juicio o antecedentes que sean requeridos por la Comisión
Enotécnica Asesora para pronunciarse en los asuntos sometidos a su
consideración.
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