Fecha de Publicación: 28/02/2000
Página: 825-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 17

 Facúltase a la Dirección General de Casinos, a conceder hasta ocho
Pasantías, a favor de egresados de la Universidad de la República, con
títulos de: Contador Público o Economista; Doctor en Derecho y Ciencias
Sociales y Doctor en Veterinaria, para actuar en la materia propia de sus
respectivas profesiones, en las condiciones y por los períodos que estime
necesarios.-
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