Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a valores de enero de 1999,
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto:
Escalafón C Administrativo
Cargo Cant. Gdo. Sueldo Básico
Gerente de Area Hipódromo 1 34 18.558
Jefe de Departamento 1 26 11.640
Inspector 3 22 8.600
Administrativo 2 16 6.498
Escalafón A Profesional
Cargo Cant. Gdo. Sueldo Básico
Técnico I Contador 1 26 11.640
Técnico I Abogado 1 26 11.640
Técnico I Veterinario 2 26 11.640
Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de alimentación y vestimenta
que se regulan en los artículos 16º y 18º del Decreto Nº 325/998, de 30
de octubre de 1998. En ningún caso podrán percibir otra retribución o
beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que perciben los
funcionarios del Programa I y que están referidos específicamente, al
desempeño de las actividades previstas en el mismo.-
CAPITULO IV
CONDICIONES GENERALES