La Dirección General Impositiva administrará los siguientes
tributos: Impuesto a las Actividades Agropecuarias; Impuesto a las Rentas
de la Industria y Comercio; Impuesto Unico a Contratistas de Exploración y
Explotación de Hidrocarburos; Impuesto a las Sociedades Financieras de
inversión; Impuesto a los Ingresos de las Compañías de Seguros; Impuesto
al Valor Agregado; Impuesto Unificado indirecto a la Enajenación de
Productos Agropecuarios; Impuesto a la Compra Venta de Bienes Muebles en
Remate Público; Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas y
Jurídicas; Impuesto a las Actividades Financieras; Impuesto a las
Viviendas de INVE enajenadas o que se enajenen a beneficiarios en ocasión
de su posterior venta a terceros.