MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Será obligatoria la exhibición del documento que acredite la inscripción en el Registro Unico de Contribuyentes para iniciar cualquier trámite, con excepción del de pago ante la Dirección General Impositiva. El documento podrá sustituirse por fotocopia certificada.Ayuda