MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
El ejercicio fiscal deberá coincidir con el ejercicio económico del sujeto pasivo. El ejercicio fiscal de los sujetos pasivos que no realicen balance anual se cerrará el 31 de diciembre de cada año. Lo establecido en los incisos precedentes no será de aplicación para el Impuesto a las Actividades Agropecuarias.Ayuda