MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
El importe de operaciones convenidas en moneda extranjera se convertirá a moneda nacional a la cotización tipo comprador del mercado financiero al cierre del día de la operación. Si no existiera cotización a esa fecha, se tomará la del último día hábil anterior.Ayuda