Fecha de Publicación: 05/09/1975
Página: 430-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

Fíjase en N$ 0.20 (veinte centésimos) el valor de la Guía de Propiedad y
Tránsito a que se hace referencia en el artículo precedente.
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