Fecha de Publicación: 27/02/2004
Página: 950-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

 Modifícase el artículo 20 del Decreto 151/003, el que quedará redactado 
de la siguiente forma:
"Rechazo de la oferta.-
El Jerarca del organismo de destino no podrá rechazar al funcionario 
cuyos servicios le hubieren sido ofrecidos, salvo por resolución fundada 
dictada dentro de un plazo de 30 días contados a partir de la 
notificación del ofrecimiento, donde se acredite fehacientemente que 
aquél no cumple con el perfil solicitado o que presente antecedentes 
disciplinarios incompatibles con el cargo o función a desempeñar."
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