MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Saldos deudores de socios.- Los saldos deudores de socios de sociedades personales serán considerados activos, al sólo efecto de liquidar este impuesto. Asimismo, no se deducirán las pérdidas incluidas en el activo si los socios están obligados a restituirlas a la sociedad por expreso mandato de estatuto social.Ayuda