MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Vigencia.- El presente decreto regirá a partir de los ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 1979 inclusive. Deróganse desde la vigencia indicada en el inciso precedente, los siguientes decretos: 22/976 de 15 de enero de 1976 y 72/977 de 3 de febrero de 1977.Ayuda