Fecha de Publicación: 21/02/1991
Página: 545-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreo 672/990

Adecuan la Organización de la Fuerza Aérea.

Ministerio de Defensa Nacional 
           
                                     Montevideo, 20 de diciembre de 1990.

   Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita la modificación del Decreto 24.366/960 de fecha 11 de octubre de
1960, relativo a la Organización de la Fuerza Aérea.

   Considerando: I) Que la modificación propuesta se funda en la
necesidad de adecuar la Organización de la Fuerza Aérea a los requisitos
actuales.

   II) Que la nueva organización se adecua a lo previsto por el Decreto-
Ley 14.747 de fecha 28 de diciembre de 1977, Orgánico de la Fuerza Aérea y modificativos.

   Atento: a los fundamentos expuestos

   El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

   La Fuerza Aérea se organizará en:

    1) Comando Aéreo de Operaciones.
    2) Comando Aéreo de Personal.
    3) Comando Aéreo Logístico.
    4) Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
    5) Otros Comandos Aéreos, Fuerzas Aéreas Tácticas y Direcciones que se
crearen.

Artículo 2

    El Comando General de la Fuerza Aérea comprenderá:

    A) Organos de Comando.
    1) Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
    2) Vice Comandante en Jefe.
    B) El Cuartel General que se compondrá de:
    1) Despacho del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
    2) Estado Mayor General.
    3) Organos del Cuartel General.

Artículo 3

   El Despacho del Comandante en Jefe comprenderá:

    1) Estado Mayor Personal.
    2) Ayudantía.
    3) Secretaría Personal.

Artículo 4

    Los órganos del Cuartel General comprenderá:

    1) Dirección de Secretaría.
    2) Servicio Apoyo al Cuartel General.
    3) Dirección de Transporte Aéreo Militar Uruguayo.
    4) División Contable.
    5) División Tesorería.
    6) Servicio de Información.
    7) Servicio de Comunicaciones e Informática.
    8) Brigada de Seguridad Terrestre.
    9) Tribunal de Ascensos y Recursos de la Fuerza Aérea.
   10) Tribunal Superior de Honor de la Fuerza Aérea.
   11) Tribunal General de Honor de la Fuerza Aérea.
   12) Tribunal de Honor para Oficiales Subalternos de la Fuerza Aérea.
   13) Comisión Calificadora para Jefes y Oficiales Subalternos de la
  Fuerza Aérea.
   14) Comisión Calificadora para personal subalterno de la Fuerza Aérea.
   15) Comisión Nacional de Política Aeronáutica.
   16) Inspectoría y Auditoría Aérea.

Artículo 5

   Los órganos del Cuartel General dependerán directamente del Comandante
en Jefe de la Fuerza Aérea. 

Artículo 6

   El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea dispondrá la emisión del
Manual de Organización, Funciones y Procedimientos el cual desarrollará y
profundizará la organización que establece el presente Decreto y detallará
las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el cumplimiento
de la misión asignada. 

Artículo 7

   Deróganse los "RI" y "RIII" de la Reglamentación aprobada por el
Decreto Nº 24.366/960 de fecha 11 de octubre de 1960. 

Artículo 8

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a
sus efectos. 

LACALLE HERRERA.- MARIANO R. BRITO.
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