PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TURISMO
La inscripción tendrá una vigencia de cinco años, debiendo el prestador previo a su vencimiento proceder a su reinscripción en las condiciones que el Ministerio de Turismo establezca, suspendiéndose, en caso contrario, los derechos que emergen de la inscripción hasta tanto regularice su situación registral.Ayuda