Fecha de Publicación: 01/02/1979
Página: 322-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

De no recaudarse los recursos previstos, la Intendencia Municipal de
Paysandú, deberá abatir los gastos a los efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.
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