Fecha de Publicación: 17/01/2003
Página: 103-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Autorízase a la Dirección Nacional de Catastro a realizar convenios con 
la Administración Nacional de Educación pública, que posibiliten las 
inspecciones y trabajos necesarios para la determinación de las fechas de 
terminación de obras y la fijación de los respectivos valores reales.-
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