MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 19/03/2010.
Declárase que la autorización de un local adicional, en carácter de sucursal, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° del 367/995 se refiere en todos los casos a la ciudad, o departamento en su caso, donde el autorizado hubiere comprobado su actividad comercial continua.Ayuda