Fecha de Publicación: 01/04/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 17

   Beneficios Sociales. El régimen de beneficios sociales se regirá de acuerdo a las siguientes normas:
   -    Asignación Familiar, Prima por Matrimonio y Prima por Nacimiento,
        según el decreto No. 531/984 y normas modificativas. 
   -    Prima por Hogar Constituido según la Ley No. 15.903 artículo 24 y
        Ley No. 16.002 artículo 12 y normas modificativas.
   -    Compensación de Asistencia Médica para funcionarios
        presupuestados, contratados y personal suplente en actividad y
        para ex funcionarios presupuestados y contratados, según lo
        establece la Reglamentación de Beneficios Sociales acordada por
        Convenio Colectivo entre la Banca Oficial y el Poder Ejecutivo, y
        Decreto 176/008 y modificativos.
        Los  importes a valor enero 2015 son los siguientes:
Cuota común 
 $ 3.144
Cuota media 
 $ 2.271
Cuota beneficiario SNIS
 $ 2.344
Cuota Vitalicia
 $ 1.398
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