Fecha de Publicación: 30/08/1973
Página: 576-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Norma contenida en período aún no trabajado


Artículo 20

   (Del límite de validez).- La Guía de Propiedad y Tránsito (salvo las
excepciones establecidas en los artículos correspondientes) es válida 
para un solo desplazamiento, cualquiera fuera la razón o naturaleza de este, aún cuando se realice entre los predios pertenecientes a un mismo
propietario o sea aquellos casos en que remitente y destinatario sea la
misma persona.
   Deberá ser utilizada dentro del plazo de 6 días de otorgado el permiso
policial (o sea sello y firma en el original y duplicado), si no lo hiciera, deberá confeccionar una nueva, anulando la que tiene el plazo vencido.
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