Fecha de Publicación: 21/12/1978
Página: 783-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 22/02/1979.

Artículo 4

  Los precios pactados en las operaciones de compra venta de granos 
corresponderán obligatoriamente a la calidad definida como base de 
comercialización para cada grano. 
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