Decreto 71/992
Sustitúyese disposición del decreto 523/990, referente a la integración
de la Comisión Arancelaria Asesora.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Industria, Energía y Minería.
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Montevideo, 10 de febrero de 1992.
Visto: el artículo 18 del decreto 523/990 de 14 de noviembre de 1990,
que dispone la integración de la Comisión Arancelaria Asesora.
Resultando: que dicha Comisión tiene el cometido de asesorar al Poder
Ejecutivo en lo relativo a la ejecución de la política arancelaria y en
lo que respecta a la aplicación de los instrumentos tendientes a neutralizar las prácticas desleales de comercio.
Considerando: conveniente, en consecuencia, la participación en la
citada Comisión de la Dirección Nacional de Aduanas, teniendo en cuenta los cometidos que este Organismo posee en materia de operaciones aduaneras.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese el artículo 18 del decreto 523/990 de 14 de noviembre de
1990, por el siguiente:
"ARTICULO 18 - Dicha Comisión estará integrada por un representante
del Ministerio de Economía y Finanzas, que la presidirá y un
representante de cada una de las siguientes instituciones: Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Banco de la República Oriental del Uruguay y Dirección Nacional de Aduanas. La Comisión actuará en la órbita del Ministerio de Economía y Finanzas, el que proveerá los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento".