Fecha de Publicación: 07/03/2022
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 7

   Medios materiales y recursos humanos.
   La Fuerza Aérea Uruguaya dotará a la Junta de la infraestructura y medios materiales, así como de los recursos humanos necesarios para su adecuado funcionamiento.
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