Fecha de Publicación: 07/03/2022
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

   Modificaciones Legales y reglamentarias.
   La Junta propondrá al Poder Ejecutivo cuando lo estime pertinente, las modificaciones a las normas legales y reglamentarias que considere necesarias.
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