Fecha de Publicación: 30/09/1975
Página: 661-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 12

Créase la Agencia Nº 18 de Canelones (La Paz) la que será provista de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º, 8º y 9º de este decreto.
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