Fecha de Publicación: 30/09/1975
Página: 661-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

En caso de litigio entre las partes a pedido de una de ellas, de la
justicia ordinaria o de la Dirección de Loterías y Quinielas, la
Inspección General de Hacienda determinará, en defensa del interés
público, las cuotas partes de capital de los Agentes de Quinielas
cesantes.
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