Fecha de Publicación: 04/02/1992
Página: 152-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 7

   Deróganse los artículos 7º del decreto 788/986 de 26 de noviembre de
1986 y artículo 94 del decreto 840/988 de 14 de diciembre de 1988.
   Esta derogación regirá para las inversiones realizadas a partir del 1º
de enero de 1992.

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