Los costos de introducción de carácter arancelario o tributario se
agruparán en el Impuesto Aduanero Unico (IMADUNI), como forma de obtener
una tasa global arancelaria.
Las tasas globales así determinadas se reducirán a partir del 1.o de
enero de 1980 y en un plazo de 5 años, en un 16% anual de la diferencia
resultante entre dichas tasas globales y el arancel básico, de forma tal
que desde el 1.o de enero de 1985, se aplique en la importación el arancel
básico del 35%.