Decreto 739/975.- Se reglamenta la Ley de Cheques 14.412, en lo referente a las caracteriasticas materiales del cheque en moneda nacional.
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 2 de octubre de 1975.
Visto: la ley 14.412, del 8 de agosto de 1975.
Resultando: que es necesario reglamentar de inmediato las características
materiales del cheque en moneda nacional.
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Los cheques tendrán los caracteres materiales que se establecen en los
artículos siguientes.