MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fíjanse para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985 de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre enero-junio de 1992:
Ficto Tasa Impuesto
N$ % N$
Cigarrillos decreto 276/985 1.398 65 909
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