Fecha de Publicación: 11/03/1986
Página: 939-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 743/985

Se modifican los límites asignados a las seccionales policiales 1ª y 10ª 
del departamento de Maldonado. 

Ministerio del Interior.

                                Montevideo, 10 de diciembre de 1985.

   Visto: el decreto 37/981 de 3 de febrero de 1981, por el cual se 
reestructuran los límites de las Seccionales Policiales del departamento 
de Maldonado. 

   Considerando: I) Que la Jefatura de Policía de Maldonado solicita la 
modificación de los límites de las jurisdicciones policiales 
correspondientes a las Seccionales 1era. (Maldonado) y 10ma. (Punta del 
Este); 

   II) Que motiva la iniciativa los inconvenientes que en la práctica ha 
planteado la reestructura dispuesta por el mencionado decreto, tanto para 
el servicio como para los habitantes del departamento; 

   III) Que se comparten las razones expuestas por la Jefatura 
gestionante, por lo que de conformidad a lo dictaminado por el 
Departamento Jurídico del Ministerio del Interior, 

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Modifícanse los límites asignados a las seccionales policiales 1era. y 
10ma. del departamento de Maldonado, por el decreto 37/981, de 3 de 
febrero de 1981, artículo 1º), literales A) y J), respectivamente, y 
fíjanse en su lugar los siguientes: 

   Seccional 1era.: Maldonado Ciudad Capital. Por el Norte y por el Este; 
desde el Abra de Perdomo, Arroyo Maldonado hasta la desembocadura del 
Arroyo Salado, por éste hasta el camino a El Placer, un pequeño trozo del 
mismo hasta el Camino de la Cadena, que seguirá limitando hasta Avenida 
Córdoba. El Arroyo Salado y las vías de tránsito mencionadas quedan 
incluidas en esta Sección. Por el Sur: el Río de la Plata desde la 
desembocadura del Arroyo El Potrero hasta Parada 16 de la Rambla 
Costanera Claudio Williman, desde este punto por Avenida República 
Argentina continuando la calle que comienza dividiendo las manzanas Nº 
435 y 443, 436 y 442, 439 y 440, 426 y 427, Avenida Córdoba hasta el 
Camino de la Cadena. Las vías de tránsito mencionadas quedan excluídas de 
esta Sección. Por el Oeste: desde el Abra de Perdomo por la Sierra de la 
Ballena hasta el Abra Mayorquina y Laguna del Sauce, tomando como límite 
un antiguo cerco de piedra allí existente, bordeando la laguna de 
referencia y el Arroyo El Potrero hasta su desembocadura en el Río de la 
Plata. Este curso de agua queda excluído de Seccional 1era. 

   Seccional 10ma.: Punta del Este. Por el Norte: Avenida Córdoba, por 
dicha vía hasta el Camino de la Cadena, un pequeño trozo de camino a El 
Placer hasta el Arroyo Salado y por éste hasta su desembocadura en el 
Arroyo Maldonado. Por el Este: el Arroyo Maldonado desde la desembocadura 
del Arroyo Salado hasta el Océano Atlántico. Por el Sur: el Océano 
Atlántico desde la desembocadura del Arroyo Maldonado, el Río de la Plata 
hasta Parada 16 en la Costanera Claudio Williman. Por el Oeste: Parada 
16, Avenida República Argentina, continuando la calle que comienza 
dividiendo las manzanas Nros. 435 y 443, 436 y 442, 439 y 440, 426 y 427 
hasta Avenida Córdoba. Quedando dichas vías de tránsito incluidas en esta 
Sección.

SANGUINETTI. - CARLOS MANINI RIOS.
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