Decreto 746/987
Se complementa el texto del Pliego General de Condiciones para las adquisiciones que realiza el Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Educación y Cultura.
Montevideo, 15 de diciembre de 1987.
Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 23 de diciembre de
1986, por el que se aprobó el texto del Pliego General de Condiciones
para las Adquisiciones que realiza el Ministerio de Educación y Cultura;
Atento: a que, en actuaciones posteriores, el Tribunal de Cuentas de
la República ha reiterado su criterio acerca de algunos agregados al texto, que en general refieren a disposiciones legales y reglamentaris
vigentes, pero que determina de mejor manera el contenido general y
especial de este Pliego;
Atento: a que, en consecuencia, se considera pertinente introducir dichas ampliaciones y referencias, a modo de explicitación de la aplicación que de las mismas debe hacerse,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Compleméntase el texto del Pliego General de Condiciones aprobado por
decreto del Poder Ejecutivo de 23 de diciembre de 1986, con la siguiente disposición:
"ARTICULO 33 A los efectos del cumplimiento de las disposiciones
precedentes deberá tenerse en cuenta:
a) con respecto al artículo 14 del Pliego, las normas que regulan el
régimen de protección a la Industria Nacional (artículo 374 de la
ley 13.032 de 7 de diciembre de 1961; artículo 435 de la ley 13.892
de 19 de octubre de 1970; artículo 260 de la ley 14.106 de 14 de
marzo de 1973 y decreto ley 15.357 de 24 de diciembre de 1982);
b) con respecto a licitaciones para la construcción de obra pública,
lo dispuesto por el decreto 114/982 de 24 de marzo de 1982:
c) con respecto a la protección a la Marina Mercante de Bandera
Uruguaya, lo dispuesto por las normas vigentes, en especial decreto
ley 14.650, de 12 de mayo de 1977 y decreto 316/986".