La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
sólo expedirá las boletas de control de calidad y circulación para
los vinos importados, cuando el resultado de los análisis físico químico
y sensorial de las muestras oportunamente extraídas, demuestre que reúnen
las características previstas en las normas que regulan su
comercialización en nuestro país.