Fecha de Publicación: 22/04/1987
Página: 236-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

    Autorízase a la Dirección General de Estadística y Censos a adquirir
los repuestos o equipos necesarios para reponer los que se desgasten, con
cargo a los reembolsos de los costos de estos servicios especiales.
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