No exhibición de certificado. La no exhibición del certificado actualizado del seguro, cuando sea requerido por la autoridad judicial, policial o administrativa, aún cuando exista el seguro, hará pasible a la empresa de una multa equivalente a 20 U.R. la primera vez y de 50 las siguientes.
Sin perjuicio, en caso de reincidencia, le será secuestrado y depositado el vehículo, el que no será habilitado para utilizar, hasta tanto no se acredite la existencia del seguro, el pago de la multa y los demás gastos.