PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 15
Proyecto de Inversión.
El Proyecto de Inversión deberá contener, como mínimo, los siguientes aspectos:
a. localización, y planos de mensura y/o fraccionamiento del área
donde se propone la instalación del parque, y todo otro recaudo
gráfico y memoria descriptiva correspondiente necesarios para la
comprensión del proyecto;
b. acreditación de la titularidad del predio;
c. solicitud de Autorización Ambiental Previa presentada ante
DINAMA;
d. servicios a suministrar,
e. monto de la inversión, fuentes de financiamiento y estimación de
retorno;
f. descripción y cuantificación de las inversiones por ítem;
g. cronograma de implementación;
h. estimación de requerimientos de personal;
i. plazo por el cual se solicita la habilitación como PI y/o PCT;
j. previsión de expansión;