Fecha de Publicación: 10/03/2020
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 15

   Proyecto de Inversión.
   El Proyecto de Inversión deberá contener, como mínimo, los siguientes aspectos:
   a.   localización, y planos de mensura y/o fraccionamiento del área
        donde se propone la instalación del parque, y todo otro recaudo
        gráfico y memoria descriptiva correspondiente necesarios para la
        comprensión del proyecto;
   b.   acreditación de la titularidad del predio;
   c.   solicitud de Autorización Ambiental Previa presentada ante
        DINAMA;
   d.   servicios a suministrar,
   e.   monto de la inversión, fuentes de financiamiento y estimación de
        retorno;
   f.   descripción y cuantificación de las inversiones por ítem;
   g.   cronograma de implementación;
   h.   estimación de requerimientos de personal;
   i.   plazo por el cual se solicita la habilitación como PI y/o PCT;
   j.   previsión de expansión;
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