Fecha de Publicación: 10/03/2020
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 31

   Cláusula anti-abuso.
   La adopción de formas o estructuras jurídicas realizadas con el único o principal propósito de acceder a los beneficios tributarios establecidos en el presente Decreto, que de no mediar no se tendría derecho a la obtención de los mismos, será motivo suficiente para rechazar la solicitud o para revocar la resolución en caso de haberse otorgado. 

   CAPÍTULO IX - DE LAS SANCIONES
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