CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 03/02/2009.
Delegar en los Ministros de Economía y Finanzas y de Salud Pública, todas las potestades necesarias a los efectos del dictado de los actos administrativos y la suscripción de documentos vinculados con la aplicación de la Ley Nº 18.439 y el presente Decreto Reglamentario.Ayuda