Decreto 80/993
Fíjase la partida trimestral para gastos de etiqueta que corresponde
asignar a la oficina consular, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
(Bolivia).
(298)
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 16 de febrero de 1993
Visto: el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 13 de enero de 1992 por
el cual se fijan las asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a
que tendrán derecho los Cónsules Generales o quienes desempeñen las
funciones de Encargados de un Consulado General en casos de acefalías;
Resultando: que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 2 de junio
de 1992 se creó el Consulado General de la República en la República de
Bolivia, con sede en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con
jurisdicción sobre todo el territorio boliviano;
Considerando: que es necesario fijar la partida trimestral que por el
citado concepto corresponde asignar a dicha oficina consular.
Atento: a lo dispuesto en los literales A y B del artículo 71 del
Decreto Ley 14.985 de fecha 28 de diciembre de 1979 en la redacción dada
por el artículo 228 de la Ley 16.170 de fecha 28 de diciembre de 1990;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase el artículo 3º del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 13
de enero de 1992, en la escala de N$ 1,55, a la ciudad de Santa Cruz de
la Sierra, a partir del 2 de junio de 1992.
LACALLE HERRERA - SERGIO ABREU - IGNACIO de POSADAS MONTERO.