Fecha de Publicación: 13/03/2000
Página: 893-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 La implantación de esta estructura, no podrá aparejar devolución de las
remuneraciones percibidas por los funcionarios de la citada Unidad
Ejecutora, ni otros aumentos o retroactividades que los previstos en
ella.
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