Fecha de Publicación: 10/04/1986
Página: 76-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 803/985

Se fija el canon del Sistema de Riego de Aguas Blancas, departamento de Lavalleja, para el período 15 de setiembre de 1985 al 30 de abril de
1986.

Ministerio de Agricultura y Pesca.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                    Montevideo, 18 de diciembre de 1985.

   Visto: la gestión formulada por la División de Uso y Manejo del Agua
de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables del Ministerio
de Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.

   Resultando: I) Por el decreto 211/985, de 29 de mayo de 1985 se fijó
el canon de riego para el Sistema de Riego de Aguas Blancas, ubicado en 
la Segunda Sección Judicial del departamento de Lavalleja;

   II) Estos antecedentes tratan sobre la actualización de dicho canon, 
en razón de que el vigente no responde a los gastos que origina el servicio de riego;

   III) Se recabó la opinión de la Dirección General de Recursos
Naturales Renovables, de la Dirección de Administración Financiera y de
la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca, quienes se expidieron favorablemente.

   Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, proveer en la
forma aconsejada por la División Uso y Manejo del Agua en la
actualización del canon que propone.

   Atento: a lo establecido en el decreto de fecha 6 de julio de 1943 y
a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y Administración 
Financiera puesto en vigencia, para todos los Organismos del Estado, a
partir del 1° de enero de 1968, por el decreto 104/968, de 6 de febrero 
de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley 13.640, 
de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e 
Inversiones). 

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase el siguiente canon para el período 15 de setiembre de 1985, al 30 de abril de 1986, del Sistema de riego de Aguas Blancas, ubicado en la
Segunda Sección Judicial del departamento de Lavalleja, paraje Aguas
Blancas, dependiente de la División Uso y Manejo del Agua del Ministerio
de Agricultura y Pesca:

Area regable                       Canon por He./año

Hasta 50 Hás.                       N$ 1.579.00
Más de 50 Hás.                      N$ 2.106.00

SANGUINETTI.- ROBERTO VAZQUEZ PLATERO.- LUIS A. MOSCA.
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