Fecha de Publicación: 28/01/2009
Página: 586-A
Carilla: 40

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 9

 Las ayudas a los beneficiarios se financiarán con los recursos
establecidos en los artículos Nos. 39º y 207º de la ley Nº 18.362, de 6 de
octubre de 2008.
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