Fecha de Publicación: 12/03/2010
Página: 671-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 13

 El Colegio estará dirigido por:
A) Un Consejo Nacional, con domicilio en Montevideo y con competencia en
todo el territorio nacional.
B) Cinco Consejos Regionales, con competencia en sus respectivos
territorios.

                             CONSEJO NACIONAL
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