Fecha de Publicación: 12/03/2010
Página: 671-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 50

 Son causales de cese como integrante del Tribunal:
A) Haber sido condenado por la comisión de delitos o faltas previstas en
la legislación vigente;
B) Haber sido sancionado por el Tribunal por la comisión de faltas éticas
en el ejercicio profesional.
C) Incapacidad declarada judicialmente.
Ayuda